Un seguro es un tipo de contrato que admite muchas modalidades. Es frecuente escuchar, que tenemos tal seguro con franquicia.
Franquicia se define como la participación del asegurado en la pérdida ocasionada por el siniestro, es
decir, si el siniestro cuesta 800€ y existe una franquicia de 150€, la
aseguradora indemnizaría 650€ y el resto lo asume el asegurado.
Parece ser que la palabra “franquicia”viene de los Frank, (Francos) que el s.V a.D. tomaron Galia a los romanos y le llamaron Francia en su honor, quienes por
ser los conquistadores estaban libres de pagar impuestos. Al final,
cuando se tiene una franquicia, hay algo que no se paga o existe la
cesión de un derecho. En este caso, la aseguradora cede, en parte, el
derecho de la indemnización al asegurado, y es el propio asegurado el
que se “auto-indemniza”.
En
seguros, la existencia de las franquicias es casi tan antigua como los
propios seguros. De hecho, los primeros seguros ya se concibieron con
franquicia.
Tener un seguro con franquicia, supone, normalmente un abaratamiento de la prima del seguro, pero su implantación se hizo, porque
al existir una repercusión económica del siniestro en el propio
asegurado, éste procurará evitar su ocurrencia o reducir sus efectos.
La franquicia de una cobertura de un seguro puede ser de varios tipos. En particular las franquicias serán deducibles o no deducibles
- En la no deducible, la aseguradora no indemniza hasta que los daños alcancen el importe de la franquicia, pero si los daños superan este importe, entonces la aseguradora asume la totalidad de los daños, no deduciendo ninguna cantidad.
- En la franquicia deducible, ésta es siempre el importe que se descuenta (deduce) de la indemnización que la aseguradora hace al asegurado. A su vez este tipo de franquicia podrá ser:
- Absoluta, cuando la franquicia es una cantidad fija.
- Porcentual, cuando la franquicia es un porcentaje establecido de los daños.
- Porcentuales con un mínimo y/o un máximo. Por ejemplo “En caso de incendio de la maquinaria asegurada, el asegurado asumirá un 10% de los daños, con un mínimo de 300€ y un máximo de 3.000€”
Es importante destacar, que el importe y el tipo de la franquicia es algo que suele figurar en las condiciones particulares de la póliza, es decir, en esas hojas que debemos de firmar. En ocasiones podremos elegir el tipo de franquicia o incluso la opción de tener o no franquicia. Todo tiene un precio.
Para
saber si es mejor tener o no tener franquicia o el tipo de franquicia
más adecuado, debes consultar con tu mediador de seguros
¿Tienes un mediador de confianza?
Imagen | Inundacion… , Por Recuerdos de Pandora on Flickr / (CC BY-SA 2.0)En QAH | El éxito de McDonald´s: Franquicias Internacionales, Franquicias: la regulación normativa en España